Conversación entre dos compañeros de trabajo (uno de ellos acaba de ser padre):
- ¿Qué tal la niña?
- Bien, bien, creciendo muy rápido.
- ¿Os deja dormir?
- Bueno, últimamente anda con los gases y eso. Pero normalmente se levanta mi mujer, que para eso tiene más paciencia.
- Oye, ¿y se piensa coger jornada reducida?
Hasta donde yo sé, la reciente madre tienen un buen puesto en su trabajo, pero de los que están escuchando, a nadie le extrañó la conversación y a nadie se le ocurrió preguntar: “¿Y tú, macho? ¿Vas a pedir reducción de jornada para cuidar de la niña?”
No lo preguntaron por una sencilla razón: porque es algo que no suele ocurrir nunca. Sería una excepción. Y sin embargo, la pregunta que se hizo acerca de la jornada de trabajo de la madre, sí entraba dentro de lo probable.
Contextualizo: se trata de una empresa con aproximadamente 1000 empleados en toda España. Y el 100% ( sí sí, repito: el 100%) de personas con reducción de jornada por cuidado de hijo son mujeres y en muchos casos mujeres con un buen puesto y una brillante carrera profesional por delante. Lo que confirma una realidad como un castillo, que es: que el cuidado de los hijos, en España, lo siguen asumiendo mayoritariamente las mujeres y son las que en la mayor parte de los casos están dispuestas a renunciar a su carrera profesional por ello.
Por tanto, en aquellos casos de divorcios en los que los progenitores no han sido capaces de ponerse de acuerdo y por tanto van a un contencioso, si tenemos claro que la custodia compartida impuesta judicialmente no es la solución porque obligaría a los hijos a vivir en un conflicto permanente: ¿a cuál de los dos progenitores debe atribuirse la custodia? La respuesta parece clara: a aquel progenitor que se haya encargado en mayor medida de su cuidado. Y siendo realistas: ya sabemos quién es en la mayor parte de los casos.