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jueves, 13 de octubre de 2011

Condenan por violencia doméstica al padre destinatario del auto de Serrano

ABC/SEVILLA 13/10/2011
Un juez de juez de Sevilla ha condenado por un delito de maltrato doméstico y una falta de injurias al padre que vio ampliado el régimen de visitas de su hijo para que saliese en una procesión de Semana Santa, en una causa que ha llevado a la condena del juez de Familia Francisco Serrano. La sentencia del Juzgado Penal 7, a la que ha tenido acceso Efe, condena al padre F.J.N.A. a treinta días de trabajos comunitarios por un delito de maltrato doméstico, junto a una multa de 180 euros por otra falta de maltrato de obra y cinco días de localización por una falta de injurias.
Esta es una de las tres causas judiciales que han enfrentado a la pareja, que estaba en trámites de separación cuando el juez de Familia 7 de Sevilla amplió, en marzo de 2010, el régimen de visitas de su hijo de 12 años de forma que pudiera salir en una procesión, lo que ha motivado su condena a dos años de inhabilitación por prevaricación culposa. Los hechos ahora sentenciados ocurrieron sobre las 16 horas del 17 de febrero de 2009 en lo que había sido el domicilio familiar en Sevilla, cuando la esposa R.I.H.P. y su madre acudieron para recoger unas ropas de sus hijos.Cuando la mujer vio que habían quitado unas lámparas del techo, entabló con su exesposo una discusión en el transcurso de la cual ella le dijo "que era un ladrón, cabrón, hijo de puta" y el acusado le respondió que "ella era la ladrona, una hija de puta, niñata de mierda". Tras seguir a las mujeres hasta el dormitorio de los hijos, insistiendo en que se fueran, el acusado propinó a R.I.H.P. "un empujón que la hizo desplazarse hacia la pared", momento en el que la madre se interpuso para protegerla y el condenado la apartó con un empujón.
La mujer llamó a la Policía y luego acudió al médico, donde fue diagnosticada de una crisis de ansiedad junto a un dolor en el hombro izquierdo del que curó a los cuatro días con analgésicos. La mujer denunció otra serie de agresiones ocurridas durante la convivencia matrimonial por las que la juez no condena al acusado ya que "no han quedado acreditados, ni fueron denunciados ni hubo testigos de ellos".También le imputó unas coacciones a los hijos comunes e insultos a su madre, que tampoco se consideran acreditados, así como un incidente cuando la mujer acudió con su hijo al médico para que le quitaran una escayola del brazo y el acusado "quiso tirar del niño, que estaba agarrado de la madre". Junto a la condena por un delito de maltrato a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, que pueden ser sustituidos por seis meses y un día de prisión, la sentencia impone al procesado la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su exesposa durante un año y medio.

    domingo, 11 de septiembre de 2011

    La violencia doméstica y la Justicia

    Asociaciones de padres divorciados y plataformas de custodia compartida intentan destruir esta ley contra la violencia de género para así poder maltratar, sin temor a la Justicia. Solicitan la derogación de la misma, y sólo quienes son capaces de solicitar una derogación de la violencia de género se pueden llegar a definir como ‘maltratadores con sed de venganza, con sed de sangre’.

    Una vez con el famoso movimiento contramachista backlash intentan confundir a la sociedad y a los políticos poniendose como ‘falsas victimas’ para ‘dar pena’ y hacer todo el daño posible a sus exparejas, familiares e hijos, poniendo la igualdad como ‘argumento’.

    La propia Justicia debería poner más ayudas, más profesionales, seguimientos y empezar a tomarse más en serio el tema… Las muertes siguen apareciendo, y son casi el 100% exparejas de hombres que no han aceptado que los deje una mujer. La Justicia y las leyes deben protegernos, aceptar pruebas ‘siempre’ y no absolver al presunto maltratador por falta de pruebas…. cuando ellos mismos descartan las mismas y nuestras testificaciones no sirven..

    Así pues, si nos maltratan en nuestro hogar o en lugares en los que no hay testigos, ¿cómo podremos defendernos? Con estas absoluciones lo único que consiguen es que vuelvan a atacar, porque ya saben que no les pasa nada, porque así va la Justicia.

    Sólo dan ordenes de protección cuando vas con la cabeza colgando. Las ordenes de protección, en una gran mayoría, no funcionan, como se puede ver en las noticias.

    ¿Cómo nos podemos proteger ante maltratos psicológicos sin que nos quiten después las custodias de nuestros hijos porque ‘hemos pasado por manos de psicólogos’?

    ¿Cómo podemos protegernos a nosotros y a nuestra familia de hombres que maltratan porque tiene problemas psicológicos o de trastornos borderline y no están contemplados como enfermedades mentales en leyes civiles y penales?

    Sí que hay que reformar la ley, pero no como pretenden estos hombres, llamados ‘victimas de la sociedad’ , y que por culpa de ellos están pagando seguramente justos por pecadores.

    El maltrato psicológico está subyacente, a menudo sin alcanzar el estatus de prueba, en la práctica totalidad de causas penales por violencia doméstica y en la mayoría de causas civiles de separaciones contenciosas. En paralelo, unida a la apropiada instrumentación de medios por parte del sistema de justicia, es necesario extender la concienciación de la población en general acerca la naturaleza e implicaciones del abuso psicológico, un área poco explorada pero cuya comprensión es imprescindible y nuclear para desterrar ciertas dinámicas deshumanizantes de las relaciones de pareja.