La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado de Primera Instancia número Seis de San Javier, en su resolución de febrero de 2010, decretó la disolución de un matrimonio y atribuyó la guarda y custodia a la madre, decisión que fue recurrida por el padre.
Este solicitó la custodia compartida de los hijos, petición a la que no se opuso el representante del Ministerio Fiscal.
La Audiencia analiza las malas relaciones existentes en el matrimonio, con reproches mutuos, y recoge que las relaciones entre ellos "son inexistentes actualmente, siendo las comunicaciones entre ambos mediante el correo electrónico".
"En ese contexto --afirma la sentencia-- no tiene sentido experimentar con tres menores, que cuentan tan sólo tres, seis y ocho años de edad, poniendo en peligro su bienestar o su interés superior, con una custodia compartida como la que se propone, cuando, además, el régimen establecido por la sentencia apelada ha favorecido la relación positiva de los hijos con ambos progenitores".
El tribunal sí accede a ampliar el régimen de visitas del que actualmente disfruta el padre. EFE 1010611