El progenitor está penado por abofetear a su otra hija, de la que tiene orden de alejamiento
http://www.diarioinformacion.com/alacanti/2012/05/29/juez-obliga-nina-vivir-murcia-padre-condenado-maltrato/1258701.html
jueves, 31 de mayo de 2012
´En una separación, hay que tener en cuenta y escuchar lo que el hijo necesita´
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Claudia Truzzoli, ayer en el Club Diario
de Mallorca. M. Massutí
|
ROSA FERRIOL. PALMAClaudia
Truzzoli. Psicoanalista. La custodia compartida es lo ideal cuando hay un
acuerdo pero la realidad es que muchas veces llegar a un acuerdo entre padres
separados es difícil. Truzzoli propone fijar un calendario progresivo de visitas
que tenga en cuenta el desarrollo del pequeño.
* ¿Cuáles son las luces de la custodia compartida?
La custodia compartida sería lo idóneo en situaciones ideales donde los padres llegaran a un acuerdo, fueran capaces de resolver sus diferencias y separar sus resentimientos de la relación con sus hijos, sin utilizar a los menores como un instrumento de venganza. Si hay acuerdo, es ideal porque garantiza un trato fluido con los dos progenitores.
* ¿Y las sombras?
En la práctica, la custodia compartida se aplica de una manera muy indiscriminada. Hay sentencias que han dado la custodia en exclusiva de niños menores de seis años a uno de los padres y el alejamiento de la madre hace un daño directo a los pequeños. De ningún modo se puede justificar que en nombre de la igualdad se descuide el apoyo psicológico del hijo. La figura del padre para un niño menor de seis años no es tan importante como la de la madre.
* ¿Cómo se lo toman los padres?
El problema es el desconocimiento. No se puede ignorar que el desarrollo psicológico de un niño sigue determinadas pautas. Si se lo toman mal, deberán informarse y ejercer una paternidad responsable. Deben tener en cuenta las necesidades del menor tal y como son, no como les gustaría que fueran.
* ¿En una separación se reparte la casa, el coche... y los hijos?
En la custodia en régimen alterno, el niño pasa unos días en casa del padre y otros en casa de la madre; el problema es que va en contra de la estabilidad emocional que un niño necesita. Es como si se partiera en dos. Ni un adulto aguantaría este régimen de trasladar sus cosas de una casa a la otra.
* ¿Y qué solución propone?
La solución de los psiquiatras infantiles franceses es establecer un calendario progresivo de visitas según el desarrollo del niño. Hay que tener en cuenta y escuchar lo que el menor necesita.
* ¿Qué es el Síndrome de Alienación Parental (SAP)?
Es un concepto que tiene que ver con la creencia de que cuando un niño no quiere ver a su padre es porque la madre ha sido maliciosa y lo ha manipulado para predisponerlo en contra del padre, sin tener en cuenta cómo es el progenitor. Hay casos en que el rechazo está muy justificado, por ejemplo, en niños que han presenciado malos tratos. Los pequeños tienen miedo y la función de la madre es protegerlos. Pero por el hecho de recurrir a la Justicia o a los servicios de atención al menor, ya queda como sospechosa de ser maligna con el padre. Hay muchos prejuicios sobre el SAP y se deben tener en cuenta cada caso para determinar si una madre tiene o no una conducta de querer acaparar a los hijos y si el padre responde o no a una paternidad responsable.
* ¿Qué consejos daría a unos padres separados?
Los progenitores deben ser generosos con los hijos, apartar los problemas entre ellos y procurar que no incidan en su relación con los niños. No deben utilizarlos como arma arrojadiza. Es verdad que los niños tienen reacciones adaptativas al divorcio. Al principio manifiestan rabia u otros síntomas pero también hay hijos que por una parte sienten rabia pero, por otra, sienten una especie de placer de tener al padre y a la madre para ellos solos. A veces se confunden estas respuestas con un daño irreversible, pero después de un tiempo se van encajando.
www.diariodemallorca.es
* ¿Cuáles son las luces de la custodia compartida?
La custodia compartida sería lo idóneo en situaciones ideales donde los padres llegaran a un acuerdo, fueran capaces de resolver sus diferencias y separar sus resentimientos de la relación con sus hijos, sin utilizar a los menores como un instrumento de venganza. Si hay acuerdo, es ideal porque garantiza un trato fluido con los dos progenitores.
* ¿Y las sombras?
En la práctica, la custodia compartida se aplica de una manera muy indiscriminada. Hay sentencias que han dado la custodia en exclusiva de niños menores de seis años a uno de los padres y el alejamiento de la madre hace un daño directo a los pequeños. De ningún modo se puede justificar que en nombre de la igualdad se descuide el apoyo psicológico del hijo. La figura del padre para un niño menor de seis años no es tan importante como la de la madre.
* ¿Cómo se lo toman los padres?
El problema es el desconocimiento. No se puede ignorar que el desarrollo psicológico de un niño sigue determinadas pautas. Si se lo toman mal, deberán informarse y ejercer una paternidad responsable. Deben tener en cuenta las necesidades del menor tal y como son, no como les gustaría que fueran.
* ¿En una separación se reparte la casa, el coche... y los hijos?
En la custodia en régimen alterno, el niño pasa unos días en casa del padre y otros en casa de la madre; el problema es que va en contra de la estabilidad emocional que un niño necesita. Es como si se partiera en dos. Ni un adulto aguantaría este régimen de trasladar sus cosas de una casa a la otra.
* ¿Y qué solución propone?
La solución de los psiquiatras infantiles franceses es establecer un calendario progresivo de visitas según el desarrollo del niño. Hay que tener en cuenta y escuchar lo que el menor necesita.
* ¿Qué es el Síndrome de Alienación Parental (SAP)?
Es un concepto que tiene que ver con la creencia de que cuando un niño no quiere ver a su padre es porque la madre ha sido maliciosa y lo ha manipulado para predisponerlo en contra del padre, sin tener en cuenta cómo es el progenitor. Hay casos en que el rechazo está muy justificado, por ejemplo, en niños que han presenciado malos tratos. Los pequeños tienen miedo y la función de la madre es protegerlos. Pero por el hecho de recurrir a la Justicia o a los servicios de atención al menor, ya queda como sospechosa de ser maligna con el padre. Hay muchos prejuicios sobre el SAP y se deben tener en cuenta cada caso para determinar si una madre tiene o no una conducta de querer acaparar a los hijos y si el padre responde o no a una paternidad responsable.
* ¿Qué consejos daría a unos padres separados?
Los progenitores deben ser generosos con los hijos, apartar los problemas entre ellos y procurar que no incidan en su relación con los niños. No deben utilizarlos como arma arrojadiza. Es verdad que los niños tienen reacciones adaptativas al divorcio. Al principio manifiestan rabia u otros síntomas pero también hay hijos que por una parte sienten rabia pero, por otra, sienten una especie de placer de tener al padre y a la madre para ellos solos. A veces se confunden estas respuestas con un daño irreversible, pero después de un tiempo se van encajando.
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martes, 29 de mayo de 2012
IMPAGO DE PENSIONES DE ALIMENTOS
Actualizado el 29 de mayo de 2012 |
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lunes, 21 de mayo de 2012
domingo, 20 de mayo de 2012
sábado, 19 de mayo de 2012
Bravo por la Asociación de Mujeres de Órgiva
Bravo por las compañeras de Órgiva q han conseguido frenar el proceso legislativo de la custodia compartida impuesta en su municipio;-)
¿Por qué no reivindican lo que realmente piden?
Y.....¿Por qué no reivindican lo que realmente piden? En vez de decir "custodia compartida ya" (que la custodia compartida ya está regulada en el código civil), que digan: custodia PARTIDA (o alterna) preferente en todos los casos y dan igual las circunstancias YA.................................................
martes, 15 de mayo de 2012
LOS ORIENTADORES ESCOLARES NO SE ESTÁN IMPLICANDO A LA HORA DE TRATAR DE SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS ESCOLARES DERIVADOS DE LA IMPOSICIÓN DE UNA CUSTODIA COMPARTIDA
EN ALGUNOS COLEGIOS
E INSTITUTOS YA ESTÁ HABIENDO PROBLEMAS DE FRACASO ESCOLAR Y CON LOS
COMPORTAMIENTOS DE LOS/LAS MENORES QUE SUFREN UNA CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA
Y LOS ORIENTADORES/AS ESCOLARES SE ESTÁN LAVANDO LAS MANOS: DICEN QUE ESO NO ES
SU PROBLEMA.
1.
EL ORIENTADOR ESCOLAR
Es el que junto a los educandos, profesores, padres y dirección, pone en práctica una filosofía de educación que todos deben seguir.
El orientador escolar tiene una importancia relevante en el proceso formativo de la escuela.
PREPARACION DEL ORIENTADOR ESCOLAR
Debe ser de nivel universitario, independientemente del grado de enseñanza en el cual vaya a trabajar. Debe tenerexperiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n 72.846 que dice:
Art. 1 Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1 Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2 Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes.experiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n[1] 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n[1] 72.846 que dice:
Art. 1[1] Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1[1] Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2[1] Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes. experiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n[1] 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n[1] 72.846 que dice:
Art. 1[1] Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1[1] Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2[1] Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes.
Es el que junto a los educandos, profesores, padres y dirección, pone en práctica una filosofía de educación que todos deben seguir.
El orientador escolar tiene una importancia relevante en el proceso formativo de la escuela.
PREPARACION DEL ORIENTADOR ESCOLAR
Debe ser de nivel universitario, independientemente del grado de enseñanza en el cual vaya a trabajar. Debe tenerexperiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n 72.846 que dice:
Art. 1 Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1 Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2 Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes.experiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n[1] 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n[1] 72.846 que dice:
Art. 1[1] Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1[1] Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2[1] Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes. experiencia de magisterio, para comprender mejor los problemas de carácter formativo de la institución. Además, debe poseer conocimientos de:
Administración escolar
Currículos y programas
Didáctica general
Psicología evolutiva y educacional
Orientación profesional
Sociología educacional
Biología educacional
Filosofía de la educación.
El ejercicio de la profesión del orientador educacional esta previsto en la ley n[1] 5.564 del 12.12.68, que dice, en parte: “La orientación escolar será atribución exclusiva de los
profesionales de quienes trata la ley”.
Esta ley fue reglamentada el 25/9/73 por el decreto n[1] 72.846 que dice:
Art. 1[1] Constituye el objeto de la orientación escolar la asistencia al educando, individualmente o en grupo, en el ámbito de la enseñanza de primer y segundo grados, procurando el desarrollo integral y armonioso de su personalidad ordenando e integrando los elementos que ejercen influencia en su formación y preparándolo para el ejercicios de las opciones básicas.
CONDICIONES PERSONALES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
-Capacidad para tratar a las personas, de iniciativa y liderazgo, de empatía, para conquistar y mantener la confianza de los educandos y demás personas involucradas en el proceso educativo.
-Capacidad de colaboración con el personal de servicio de orientación escolar, de adaptación a nuevas situaciones.
-Discreción, empatía, sensibilidad, comprensión, tolerancia, simplicidad, modestia, buen humor, honestidad, coherencia, flexibilidad, equilibrio emocional, entre otras.
FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
1[1] Constante contacto con los profesores, con quienes debe tratar de desarrollar un trabajo de equipo.
2[1] Permanente actitud de evaluación del trabajo realizado, con el fin de efectuar constantes ajustes en los planes de trabajo, para volverlos objetivos y eficientes.
domingo, 13 de mayo de 2012
domingo, 6 de mayo de 2012
CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA: LA INVISIBILIZACIÓN DE LOS MENORES
La custodia compartida impuesta por vía judicial, sin acuerdo de los
progenitores, ignora de forma deliberada los problemas a los que se enfrentan
los menores cuando sus padres se separan de forma conflictiva. Y esto no es una
interpretación: es un hecho contrastado.
¿Qué factores han provocado que el principio del interés superior del menor se haya visto relegado en los divorcios contenciosos?
En primer lugar, habría que hablar del afán igualitario que lleva a imponer una situación de falsa igualdad aun partiendo de una situación de desigualdad previa manifiesta y demostrada, sin que haya habido un reparto equitativo en el cumplimiento de las obligaciones concernientes a la educación y el cuidado de los hijos con anterioridad a la separación. Lo que es más grave: en algunos juzgados, la omisión de pruebas que demuestran la falta de corresponsabilidad previa, como por ejemplo los incumplimientos reiterados de los regímenes de visitas o los impagos voluntarios de pensiones de alimentos, se ha convertido en un hábito. Los antecedentes no importan: sólo importa la igualdad de derechos de los progenitores desde el momento de la separación. Las consecuencias, las conocemos: menores mal atendidos, menores en manos de terceros, menores solos.......
Como consecuencia directa del anterior factor, obtenemos el siguiente: la priorización de los intereses de los adultos por encima del interés superior del menor. Especial relevancia están teniendo los intereses económicos que giran en torno a este tema; cuántas custodias compartidas se están solicitando para evitar el pago de pensiones de alimentos o para forzar el reparto del que fuera el domicilio familiar. Tristemente, este afán económico se enmascara con el deseo repentino de cuidar a los hijos aun cuando, en muchos casos, no existe tal deseo ni ha existido nunca.
Tampoco podemos olvidar el colapso de los juzgados, en gran parte debido a la avalancha de solicitudes de modificación de medidas, que lleva a juicios demasiado breves, en los que no se estudian debidamente los casos, en los que se obvian las pruebas y las circunstancias que rodean el caso, con pruebas psicosociales muy superficiales y realizadas por personal sin la preparación suficiente. Por no hablar de la coacción a la que están sometiendo a muchas madres en las sesiones de mediación, en las pruebas psicosociales y en ocasiones hasta en el propio juicio para que pacten una custodia compartida aun sabiendo que va a ser perjudicial para sus hijos. ¿Quiénes están pagando principalmente la falta de medios, imparcialidad y preparación de los juzgados? Como no podía ser de otra forma, la parte más débil: los menores. Las consecuencias están siendo nefastas.
Otro factor importante a tener en cuenta es la falta de formación de los equipos psicosociales y del personal del propio juzgado. Es fundamental que cuenten con formación en psicología evolutiva, ya que las necesidades físicas, emocionales y relacionales de los menores, varían enormemente en función de la etapa de desarrollo en que se encuentren. Pero tristemente, los informes de los equipos psicosociales y las sentencias por las que se impone la custodia compartida, denotan una ignorancia brutal acerca de las necesidades de los menores en sus distintas etapas evolutivas. Cambios diarios, semanales, mensuales: criterios arbitrarios que atentan contra los principios más básicos de psicología infantil y que están causando daños graves en la estabilidad emocional de los menores. En muchos casos, se están rompiendo los vínculos de apego de forma tan desgarradora y colocando a los menores en una situación de tal inestabilidad, que los daños psicológicos serán irreparables y persistirán en la vida adulta.
Pero en algunos casos, el factor causante es mucho más primario y sobradamente conocido a lo largo de la historia: los reductos de machismo que persisten en algunos juzgados, con personajes tan retrógrados como el juez Serrano, dando apoyo a las asociaciones neomachistas de padres separados. Su discurso falaz y victimista, protegido y fomentado por estos personajes de la judicatura, defensores del patriarcado más rancio, lo conocemos de sobra: todas las madres en proceso de separación buscan única y exclusivamente el máximo beneficio económico; todas las madres recurren a la denuncia falsa de un proceso de maltrato, todas las mujeres son malas, feminazis, aprovechadas, subvencionadas, vividoras, vagas y un largo etcétera....y ellos son las víctimas. Entre tanta misoginia, ¿dónde queda el interés del menor? No sabemos.
Que los hijos necesitan contar en sus vidas con la presencia de su padre y de su madre, cada uno de ellos con una función psicobiológica concreta y diferenciada, está claro. Pero los inconvenientes de la imposición de la custodia compartida también son muy claros: obliga a partir (que no compartir) a un menor entre dos progenitores que no han sido capaces de entenderse ni antes ni después de la separación. ¿Las consecuencias? Muy claras también: cambios constantes de entorno para los menores, con la consiguiente sensación de desubicación e inseguridad, criterios educacionales contradictorios, que provocan ansiedad y agresividad, ruptura repentina de los vínculos de apego provocando graves desequilibrios emocionales, problemas de los menores para respetar las rutinas y las normas, incomunicación entre progenitores y entre el menor y el progenitor con el que no conviven en ese periodo...y un largo etcétera.
Ya es hora de que se empiece a visibilizar a los menores y a priorizar sus necesidades y su protección, poniendo encima de la mesa las graves consecuencias negativas que la imposición de esta medida, por mucho que se quieran esconder, tiene para ellos.
Fdo. Marcos López Garrido
Miembro de la Asociación Custodia en Positivo
¿Qué factores han provocado que el principio del interés superior del menor se haya visto relegado en los divorcios contenciosos?
En primer lugar, habría que hablar del afán igualitario que lleva a imponer una situación de falsa igualdad aun partiendo de una situación de desigualdad previa manifiesta y demostrada, sin que haya habido un reparto equitativo en el cumplimiento de las obligaciones concernientes a la educación y el cuidado de los hijos con anterioridad a la separación. Lo que es más grave: en algunos juzgados, la omisión de pruebas que demuestran la falta de corresponsabilidad previa, como por ejemplo los incumplimientos reiterados de los regímenes de visitas o los impagos voluntarios de pensiones de alimentos, se ha convertido en un hábito. Los antecedentes no importan: sólo importa la igualdad de derechos de los progenitores desde el momento de la separación. Las consecuencias, las conocemos: menores mal atendidos, menores en manos de terceros, menores solos.......
Como consecuencia directa del anterior factor, obtenemos el siguiente: la priorización de los intereses de los adultos por encima del interés superior del menor. Especial relevancia están teniendo los intereses económicos que giran en torno a este tema; cuántas custodias compartidas se están solicitando para evitar el pago de pensiones de alimentos o para forzar el reparto del que fuera el domicilio familiar. Tristemente, este afán económico se enmascara con el deseo repentino de cuidar a los hijos aun cuando, en muchos casos, no existe tal deseo ni ha existido nunca.
Tampoco podemos olvidar el colapso de los juzgados, en gran parte debido a la avalancha de solicitudes de modificación de medidas, que lleva a juicios demasiado breves, en los que no se estudian debidamente los casos, en los que se obvian las pruebas y las circunstancias que rodean el caso, con pruebas psicosociales muy superficiales y realizadas por personal sin la preparación suficiente. Por no hablar de la coacción a la que están sometiendo a muchas madres en las sesiones de mediación, en las pruebas psicosociales y en ocasiones hasta en el propio juicio para que pacten una custodia compartida aun sabiendo que va a ser perjudicial para sus hijos. ¿Quiénes están pagando principalmente la falta de medios, imparcialidad y preparación de los juzgados? Como no podía ser de otra forma, la parte más débil: los menores. Las consecuencias están siendo nefastas.
Otro factor importante a tener en cuenta es la falta de formación de los equipos psicosociales y del personal del propio juzgado. Es fundamental que cuenten con formación en psicología evolutiva, ya que las necesidades físicas, emocionales y relacionales de los menores, varían enormemente en función de la etapa de desarrollo en que se encuentren. Pero tristemente, los informes de los equipos psicosociales y las sentencias por las que se impone la custodia compartida, denotan una ignorancia brutal acerca de las necesidades de los menores en sus distintas etapas evolutivas. Cambios diarios, semanales, mensuales: criterios arbitrarios que atentan contra los principios más básicos de psicología infantil y que están causando daños graves en la estabilidad emocional de los menores. En muchos casos, se están rompiendo los vínculos de apego de forma tan desgarradora y colocando a los menores en una situación de tal inestabilidad, que los daños psicológicos serán irreparables y persistirán en la vida adulta.
Pero en algunos casos, el factor causante es mucho más primario y sobradamente conocido a lo largo de la historia: los reductos de machismo que persisten en algunos juzgados, con personajes tan retrógrados como el juez Serrano, dando apoyo a las asociaciones neomachistas de padres separados. Su discurso falaz y victimista, protegido y fomentado por estos personajes de la judicatura, defensores del patriarcado más rancio, lo conocemos de sobra: todas las madres en proceso de separación buscan única y exclusivamente el máximo beneficio económico; todas las madres recurren a la denuncia falsa de un proceso de maltrato, todas las mujeres son malas, feminazis, aprovechadas, subvencionadas, vividoras, vagas y un largo etcétera....y ellos son las víctimas. Entre tanta misoginia, ¿dónde queda el interés del menor? No sabemos.
Que los hijos necesitan contar en sus vidas con la presencia de su padre y de su madre, cada uno de ellos con una función psicobiológica concreta y diferenciada, está claro. Pero los inconvenientes de la imposición de la custodia compartida también son muy claros: obliga a partir (que no compartir) a un menor entre dos progenitores que no han sido capaces de entenderse ni antes ni después de la separación. ¿Las consecuencias? Muy claras también: cambios constantes de entorno para los menores, con la consiguiente sensación de desubicación e inseguridad, criterios educacionales contradictorios, que provocan ansiedad y agresividad, ruptura repentina de los vínculos de apego provocando graves desequilibrios emocionales, problemas de los menores para respetar las rutinas y las normas, incomunicación entre progenitores y entre el menor y el progenitor con el que no conviven en ese periodo...y un largo etcétera.
Ya es hora de que se empiece a visibilizar a los menores y a priorizar sus necesidades y su protección, poniendo encima de la mesa las graves consecuencias negativas que la imposición de esta medida, por mucho que se quieran esconder, tiene para ellos.
Fdo. Marcos López Garrido
Miembro de la Asociación Custodia en Positivo
A la caza del voto neomachista
LUCÍA ABAD, 05/05/2012 | 21:30 h. | www.estrelladigital.es
Neomachistas y maltratadores de España, sin duda UPYD es vuestro partido.
Con esto no quiero decir que todos los votantes de UPYD respondan a estos calificativos, pero sí que su ideología ha dado respuesta a las plegarias de estos dos colectivos, con tantísimos miembros en común: neomachistas y maltratadores.
¿Qué persiguen? Lo sabemos de sobra:
- La derogación de la Ley Integral de Violencia de Género, pese al notable incremento en las cifras de víctimas de la violencia machista, hablando hasta el hastío del ridículo porcentaje de denuncias falsas con el fin de privar de toda credibilidad a la mujer maltratada.
- La imposición caiga quien caiga de la custodia compartida...y en este caso tristemente, los que caen son los menores, por cuyo bienestar psicosocial muestran un absoluto desprecio, anteponiendo sus propios intereses.
Pues bien: la señora Rosa Díez en seguida ha visto el filón de votos y se ha apresurado a incluir sendas atrocidades en su programa. ¡Ale, todos a votar! No se ha molestado ni en ser original: ha calcado el discurso de la plataforma del juez Serrano, ídolo del patriarcado más radical. Y como abanderado de la causa “custodia compartida impuesta sí o sí porque me importan un carajo los efectos negativos que tiene en los menores” ha elegido a Toni Cantó, en virtud de no sé qué méritos personales en cuanto a paternidad responsable se refiere, que se dedica a darse puñetazos en el pecho en el Congreso porque los padres separados (filón de votos, no lo olvidemos), supuestamente tienen menos derechos. De la necesidad de los menores de tener un entorno estable para que su apego se desarrolle de forma segura, de su necesidad de pautas educativas consensuadas y coherentes, de la protección del bienestar psicosocial de los menores por encima de todo......de todo eso no hablan claro. Ni tampoco se han molestado en informarse: eso no les garantiza el voto que han ido buscando.
No puedo creer que todas las mujeres de UPYD estén de acuerdo con tanta barbarie.
Con esto no quiero decir que todos los votantes de UPYD respondan a estos calificativos, pero sí que su ideología ha dado respuesta a las plegarias de estos dos colectivos, con tantísimos miembros en común: neomachistas y maltratadores.
¿Qué persiguen? Lo sabemos de sobra:
- La derogación de la Ley Integral de Violencia de Género, pese al notable incremento en las cifras de víctimas de la violencia machista, hablando hasta el hastío del ridículo porcentaje de denuncias falsas con el fin de privar de toda credibilidad a la mujer maltratada.
- La imposición caiga quien caiga de la custodia compartida...y en este caso tristemente, los que caen son los menores, por cuyo bienestar psicosocial muestran un absoluto desprecio, anteponiendo sus propios intereses.
Pues bien: la señora Rosa Díez en seguida ha visto el filón de votos y se ha apresurado a incluir sendas atrocidades en su programa. ¡Ale, todos a votar! No se ha molestado ni en ser original: ha calcado el discurso de la plataforma del juez Serrano, ídolo del patriarcado más radical. Y como abanderado de la causa “custodia compartida impuesta sí o sí porque me importan un carajo los efectos negativos que tiene en los menores” ha elegido a Toni Cantó, en virtud de no sé qué méritos personales en cuanto a paternidad responsable se refiere, que se dedica a darse puñetazos en el pecho en el Congreso porque los padres separados (filón de votos, no lo olvidemos), supuestamente tienen menos derechos. De la necesidad de los menores de tener un entorno estable para que su apego se desarrolle de forma segura, de su necesidad de pautas educativas consensuadas y coherentes, de la protección del bienestar psicosocial de los menores por encima de todo......de todo eso no hablan claro. Ni tampoco se han molestado en informarse: eso no les garantiza el voto que han ido buscando.
No puedo creer que todas las mujeres de UPYD estén de acuerdo con tanta barbarie.
¿Es que en UPYD no hay mujeres concienciadas y solidarias con respecto al grave problema de violencia machista (sí, machista) que están sufriendo tantísimas mujeres en este país? ¿Es que en UPYD no hay madres separadas o divorciadas responsables y preocupadas por la estabilidad y el correcto desarrollo psicosocial de sus hijos/as? Porque desde luego, ambas preocupaciones son absolutamente incompatibles con la ideología neomachista y cazavotos de este partido.
viernes, 4 de mayo de 2012
miércoles, 2 de mayo de 2012
CARTA DE UNA MADRE A SU JUEZA
Le voy a contar mi historia aunque usted ya la conoce y poco o nada le importa.
Tengo 43 años, y llevo más de 20 años trabajando en el mismo trabajo. Me casé muy joven con 21 años, tengo 2 hijas maravillosas a los que yo solita crié, sí , digo yo solita, pues desde que nacieron yo era la única que las bañaba, que les cambiaba los pañales, que le daba de come...r.......... etc, todo eso mientras trabajaba fuera y dentro de casa, cosa que él no hacía, porque no quería.
Mi vida iba transcurriendo, las tardes en el parque, mis hijas y yo solas sin el padre, los fines de semana las sacaba yo sola a pasear, pues el padre estaba tan tan cansado de trabajar que necesitaba descansar y claro..... las niñas y yo le molestábamos. Por supuesto es que ese señor ( por llamarlo de alguna manera ) pensaba que yo no trabajaba, pese a levantarme todos los dias a las 6 de la mañana y acostarme a la 1.
Mis hijas empezaron el colegio, y habia que ir a medio dia a hacer disfraces y colaborar en muchas actividades, y claro.......... la única que no comía y que iba allí era yo, porque este señor mal llamado " padre " tenía que dormir la siesta.
Habían reuniones en el colegio, a las cuales solo asistía yo, ¡¡ ah claro se me olvidaba ¡¡ mi trabajo no importaba por lo que debía de pedir permiso para faltar.También llegaron los bailes, y actividades, por supuesto su padre ni aparecía, una vez más la única que iba era yo. Y no es que me importara pues aunque tenía que seguir pidiendo permiso lo hacía muy gustosamente ( solo ver la cara de felicidad de ellas al verme merecía la pena todo ).
Así fueron transcurriendo los años, el padre cada día estaba más fuera de casa hasta que un buen día no apareció.
Me quedé viviendo en mi casa porque era mia, sí mia, de nadie mas. ( lo digo por todos los que me puedan llamar vividora, pues ahora estos machitos van de victimas diciendo que nos quedamos con sus casas y sus pensiones ), renuncié a todo lo que estaba a nombre de los dos, a todo.
Y llegaron los impagos de pensiones, usted ya lo sabe Sra. Jueza, esos impagos que a usted no le han importado absolutamente nada, pues en 3 años no le ha embargado jamás y eso que tenía propiedades para poder hacerlo.
Y llegó la querida custodia compartida, sí esa custodia compartida que en la Comunidad Valenciana se la propuso el PP ( de ellos me lo imaginaba porque es un partido político patriarcal, machista, integrado por misóginos ) y Compromís le dió sus votos, sí, ese partido se supone que de izquierdas al que tan solo le importan los votos.
Y usted Sra Jueza en mi sentencia puso CUSTODIA COMPARTIDA, y le importó un pimiento todo, usted le dió la custodia compartida al padre de mis hijas al que durante mucho tiempo les di yo sola de comer y usted no hizo nada para remediarlo.
Nadie se preocupó de si yo podía darles de comer, comprarles libros para el cole, medicinas ........ nadie, pero en nombre del falso feminismo ese al que yo llamo neomachismo o machifascismo, le ha otorgado la custodia a una persona que lo único que no quiere es pagar, ¿ porqué usted jamás se preocupó de si mis hijas comian ? solo le ha interesado una cosa, que el padre no tenga la obligación de pagar.
Y ahora los problemas se han incrementado, custodia compartida, el padre no se hace cargo de nada, las niñas cada día están peor, la única que sigue pagándolo todo soy yo, y usted con su sentencia se ha cargado el bienestar emocional de las menores.
Lo triste de todo esto es que no soy yo sola, que son muchas mujeres y niños/as los afectados por toda esta barbarie.
Yo soy una madre más.
Saludos
Le voy a contar mi historia aunque usted ya la conoce y poco o nada le importa.
Tengo 43 años, y llevo más de 20 años trabajando en el mismo trabajo. Me casé muy joven con 21 años, tengo 2 hijas maravillosas a los que yo solita crié, sí , digo yo solita, pues desde que nacieron yo era la única que las bañaba, que les cambiaba los pañales, que le daba de come...r.......... etc, todo eso mientras trabajaba fuera y dentro de casa, cosa que él no hacía, porque no quería.
Mi vida iba transcurriendo, las tardes en el parque, mis hijas y yo solas sin el padre, los fines de semana las sacaba yo sola a pasear, pues el padre estaba tan tan cansado de trabajar que necesitaba descansar y claro..... las niñas y yo le molestábamos. Por supuesto es que ese señor ( por llamarlo de alguna manera ) pensaba que yo no trabajaba, pese a levantarme todos los dias a las 6 de la mañana y acostarme a la 1.
Mis hijas empezaron el colegio, y habia que ir a medio dia a hacer disfraces y colaborar en muchas actividades, y claro.......... la única que no comía y que iba allí era yo, porque este señor mal llamado " padre " tenía que dormir la siesta.
Habían reuniones en el colegio, a las cuales solo asistía yo, ¡¡ ah claro se me olvidaba ¡¡ mi trabajo no importaba por lo que debía de pedir permiso para faltar.También llegaron los bailes, y actividades, por supuesto su padre ni aparecía, una vez más la única que iba era yo. Y no es que me importara pues aunque tenía que seguir pidiendo permiso lo hacía muy gustosamente ( solo ver la cara de felicidad de ellas al verme merecía la pena todo ).
Así fueron transcurriendo los años, el padre cada día estaba más fuera de casa hasta que un buen día no apareció.
Me quedé viviendo en mi casa porque era mia, sí mia, de nadie mas. ( lo digo por todos los que me puedan llamar vividora, pues ahora estos machitos van de victimas diciendo que nos quedamos con sus casas y sus pensiones ), renuncié a todo lo que estaba a nombre de los dos, a todo.
Y llegaron los impagos de pensiones, usted ya lo sabe Sra. Jueza, esos impagos que a usted no le han importado absolutamente nada, pues en 3 años no le ha embargado jamás y eso que tenía propiedades para poder hacerlo.
Y llegó la querida custodia compartida, sí esa custodia compartida que en la Comunidad Valenciana se la propuso el PP ( de ellos me lo imaginaba porque es un partido político patriarcal, machista, integrado por misóginos ) y Compromís le dió sus votos, sí, ese partido se supone que de izquierdas al que tan solo le importan los votos.
Y usted Sra Jueza en mi sentencia puso CUSTODIA COMPARTIDA, y le importó un pimiento todo, usted le dió la custodia compartida al padre de mis hijas al que durante mucho tiempo les di yo sola de comer y usted no hizo nada para remediarlo.
Nadie se preocupó de si yo podía darles de comer, comprarles libros para el cole, medicinas ........ nadie, pero en nombre del falso feminismo ese al que yo llamo neomachismo o machifascismo, le ha otorgado la custodia a una persona que lo único que no quiere es pagar, ¿ porqué usted jamás se preocupó de si mis hijas comian ? solo le ha interesado una cosa, que el padre no tenga la obligación de pagar.
Y ahora los problemas se han incrementado, custodia compartida, el padre no se hace cargo de nada, las niñas cada día están peor, la única que sigue pagándolo todo soy yo, y usted con su sentencia se ha cargado el bienestar emocional de las menores.
Lo triste de todo esto es que no soy yo sola, que son muchas mujeres y niños/as los afectados por toda esta barbarie.
Yo soy una madre más.
Saludos
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