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La hija de Sonia fue reconocida por su padre cuando tenía 2 años. A partir de entonces se relaciona con él en régimen de visitas.A los 3 años comenzó a tener repetidas infecciones vaginales y anales. A los 5 años ...contó que su padre abusaba de ella. Sonia lo denunció pero, como casi siempre, el caso fue archivado provisionalmente por falta de pruebas.A partir de ahí, los juzgados establecieron para el padre visitas tuteladas en un punto de encuentro. Sonia llevaba a su hija, pero la niña se negaba a entrar y tenía crisis de ansiedad.Curiosamente, el equipo psicosocial del juzgado considera que la ausencia de vínculo estable paterno-filial sitúa a la niña en grave riesgo emocional. Según este informe psicológico, existe una interferencia (uno de los sinónimos que se utiliza para hablar de síndrome de alienación parental, parentificación, interferencias parentales…) grave de la madre en la relación de la menor con su padre, perjudicando de este modo a su hija en su desarrollo.Por este motivo, deciden dar la custodia a la abuela paterna. La misma sentecia establece que el padre no puede pernoctar en el mismo domicilio que la niña. No puede tener relación con nadie del entorno materno, la separan de su hermana, la obligan a cambiar de colegio. Todo con el objetivo de que supere la fobia al padre y se genere un vínculo paterno-filial.Sonia tiene que entregar a su hija el domingo a las 11 en el punto de encuentro familiar sin saber cuándo va a poder comunicarse con ella, ni cuándo podrá volver a verla.
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