Esta sentencia a favor de la custodia paterna se temía a tenor de las graves irregularidades cometidas por este juzgado, tanto antes como durante el transcurso del juicio interpuesto por el padre para la modificación de medidas sobre guarda y custodia.
España | Tercera Información | 30-07-2013 |
La historia de abusos de esta niña comienza cuando sólo tenía 3 años. Al volver de una vista a su padre con pernocta se aprecia un líquido extraño en sus bragas y un enrojecimiento e inflamación de sus genitales. La madre acude al hospital donde se le diagnostica a la niña vulvovaginitis y el propio Hospital La PAZ denuncia ante el juzgado de instrucción.El examen pericial realizado por la Clínica Médico Forense reconoce que el padre presenta conductas de riesgo para ella, que la ha maltratado y que falta a la verdad en varias ocasiones. El informe recomienda la suspensión cautelar de las visitas, y el juez acuerda dicha medida y una orden de protección.
Posteriormente este primer juzgado se inhibe y el caso acaba en el juzgado nº 4, donde el padre ha solicitado el cambio de custodia. Y desde que este juzgado nº 4 asume el caso las irregularidades no han hecho más aumentar. Para empezar con los atropellos que ha sufrido esta niña, la medida cautelar es revocada y levantada sin haber visto ni a la madre ni a la niña, y las visitas al padre se establecenen un régimen más amplio. No se tiene en cuenta los antecedentes y distintos informes y pruebas periciales como la de Miguel Clemente en 2009, los que se reconoce que la niña no miente y que su relato de abusos es de alta credibilidad. En el 2010 después de una visita con pernocta la niña vuelve a relatar un episodio de abusos y presenta enrojecimiento de los genitales por lo que se acude al Hospital, que de nuevo interpone una denuncia por sospecha de abusos el 21 de Septiembre.
Sin embargo, la jueza solicita una nueva prueba pericial para valorar la veracidad del testimonio de la niña y esta se realiza de manera irregular en una entrevista ante el padre y su actual pareja en la que la psicóloga, Isabel Mª Tagle le pregunta por lo abusos y la niña, a pesar de la presencia del padre, es capaz de relatarlos. Niega la veracidad de su narración y concluye que hay manipulación por parte de la madre, que la denuncia de abusos es falsa y recomienda un cambio de guarda y custodia a favor del padre. La madre denunció a la psicóloga por el procedimiento empleado y el informe realizado. Es más esta psicóloga tiene abierto un expediente disciplinario abierto por el colegio de psicólogos de Madridpor su negligencia en el caso de Alovera, en el que no dio credibilidad a una mujer maltratada que fue asesinada poco después por el maltratador delante de su hijo de 4 años.Este informe ha sido recurrido y el Colegio Oficial de Psicólogos le ha abierto un expediente por graves irregularidades en el mismo, entre otras preguntarle a la niña por los abusos delante del padre.
A pesar de todo lo anterior, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Colmenar Viejo, cuya titular es Cristina Villa Cuestadicta la sentencia de cambio de custodia en favor del por los siguientes motivos: “la madre no está cumpliendo de forma adecuada los deberes que tiene encomendados como progenitora custodia, y con ello está influyendo de forma negativa en el desarrollo académico y emocional de su hija”.
Para llegar a esta conclusión la jueza ha considerado que la madre de la menor ha obstruido la justicia al no permitir que la niña se sometiera a la prueba pericial psicológica por el equipo psicosocial adscrito al juzgado, y tampoco ha permitido que fuera explorada judicialmente durante la celebración del juicio los días 4, 5 y 8 de Julio pasados. Además, alega que la madre ha denunciado en varias ocasiones al padre por abusos sexuales, y que estas se han sobreseído. Por ello considera que la madre está influyendo de forma negativa en el desarrollo de la menor.
Pero lo que la jueza no ha tenido en cuenta es que las denuncias de abusos sexuales partieron del Hospital La Paz en las dos ocasiones, y que el papel de la madre es acompañar a las mismas y solicitar las medidas de protección para la menor. Asimismo que las denuncias sobre los abusos se están reabriendo de nuevo para su instrucción.Tampoco ha tenido en cuenta que esta madre no se ha negado a que su hija se sometiera a una pericial o fuera explorada judicialmente, sino que, ante tantas irregularidades y para evitar la revictimización de su hija, ha solicitado medidas para que dichas pruebasfueran grabadas y se evitara el contacto de la niña con el padre. Le teme y se pone enferma cada vez que sospecha que tiene que verle.
Ni tan siquiera ha tenido en cuenta la violencia física que ejerció contra la madre incluso durante el embarazo, cuyo fruto es una lesión que tiene la menor en la mano derecha. Y mucho menos ha reflexionado sobre el trato psicológico que puede darle, cuya muestra han sido los repetidos insultos que el padre ha vertido sobre la niña durante el juicio:”gorda”, “inútil”, “vaga”, “mentirosa”, etc.
Para colmo de males, el 10 de enero de este año el padre de la menor intenta sacar de la carretera con su coche a la madre, a la niña y a su hermano menor, cuando acudían desde el colegio al centro de salud, hecho que se pone en conocimiento de la jueza que abre procedimiento. Una semana antes de comenzar el juicio por la custodia de la menor la jueza archiva el procedimiento por falta de pruebas, sin tener en cuenta la existencia de informe médico de la madre que presentaba estado de ansiedad, y un informe de la policía que se personó en el lugar de los hechos
Estas injusticias han hecho que la madre presentara dos querellas ante el Tribunal Supremo, y le han abierto diligencias a este juzgado por prevaricación dolosa y obstrucción a la justicia el día 12 de Julio.
Doña Cristina Villa Cuesta ha de hacerse responsable de daño físico y emocional que, de nuevo, pudiere causarle la convivencia con un padre sobre el que distintos profesionales médicos han alertado. Y en la misma medida, de la revictimización y el estrés postraumático al que la menor está siendo sometida por todos estos atropellos judiciales.