lunes, 12 de septiembre de 2011
"La ley aumenta los acuerdos, pero nos preocupa que aún no prime la paridad"
La Fiscalía pide la nulidad del auto que respalda al juez Serrano
EFE Sevilla 12/09/2011
La Fiscalía ha pedido que se decrete la nulidad del auto de la Audiencia de Sevilla que avaló la actuación del juez de Familia Francisco Serrano al cambiar el régimen de visitas de un niño, lo que impediría aportarlo al juicio a que va a ser sometido el magistrado a partir del 3 de octubre.
Fuentes judiciales han informado hoy a Efe de que la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha pedido a la Sección Segunda de la Audiencia que decrete la nulidad de su auto en virtud del artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que ordena detener un proceso civil cuando exista otro abierto por los mismos hechos en la jurisdicción penal.
El objetivo es evitar que existan dos resoluciones contradictorias sobre el mismo hecho, según la Fiscalía, que de esta manera ha apoyado la petición de nulidad presentada por el abogado de la madre afectada.
Según la Fiscalía, la Audiencia resolvió sobre los aspectos civiles del caso pese a que ya se habían abierto unas diligencias penales por prevaricación contra Serrano, lo que constituye una "cuestión prejudicial penal de la que no puede prescindirse para la debida decisión".
El abogado de la madre afectada ha planteado un incidente extraordinario de nulidad del auto de la Sección Segunda de la Audiencia sevillana, especializada en Derecho de Familia, que declaró correcta la actuación del juez Serrano en el cambio del régimen de visitas, el mismo caso por el que va a ser juzgado a partir del 3 de octubre.
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) juzgará a Serrano por ampliar, el 30 de marzo de 2010, un día y medio la estancia del niño con su padre divorciado, dada la supuesta oposición de la madre a que saliese en una procesión de la "Madrugá" del Viernes Santo, hechos por los que se enfrenta a 20 años de inhabilitación como juez.
El incidente de nulidad, sobre el que la Audiencia se pronunciará en los próximos días, pide que quede en suspenso su "eficacia" y, por lo tanto, no pueda ser aportado al juicio contra Serrano.
La Audiencia dictaminó en junio pasado que la actuación del juez de Familia "no puede ser cuestionada" porque en el caso concurrían las razones de "urgencia y necesidad" que la ley contempla para que las medidas de los jueces a favor de los menores se amplíen "a todo tipo de situaciones".
El auto reconoció que la ampliación de la estancia del niño con su padre correspondía al juzgado encargado del divorcio del matrimonio, en este caso el de Violencia sobre la Mujer número 4, pero no declaró nula la decisión de Serrano porque "no prescindió total y absolutamente de las normas esenciales del procedimiento".
En su incidente de nulidad, el abogado de la madre planteó quince circunstancias que la Audiencia "no tuvo en cuenta" al emitir su auto, junto a otros cuatro motivos de nulidad "estrictamente legales".
El TSJA juzgará por prevaricación al juez Serrano del 3 al 5 de octubre
domingo, 11 de septiembre de 2011
La violencia doméstica y la Justicia
Asociaciones de padres divorciados y plataformas de custodia compartida intentan destruir esta ley contra la violencia de género para así poder maltratar, sin temor a la Justicia. Solicitan la derogación de la misma, y sólo quienes son capaces de solicitar una derogación de la violencia de género se pueden llegar a definir como ‘maltratadores con sed de venganza, con sed de sangre’.
Una vez con el famoso movimiento contramachista backlash intentan confundir a la sociedad y a los políticos poniendose como ‘falsas victimas’ para ‘dar pena’ y hacer todo el daño posible a sus exparejas, familiares e hijos, poniendo la igualdad como ‘argumento’.
La propia Justicia debería poner más ayudas, más profesionales, seguimientos y empezar a tomarse más en serio el tema… Las muertes siguen apareciendo, y son casi el 100% exparejas de hombres que no han aceptado que los deje una mujer. La Justicia y las leyes deben protegernos, aceptar pruebas ‘siempre’ y no absolver al presunto maltratador por falta de pruebas…. cuando ellos mismos descartan las mismas y nuestras testificaciones no sirven..
Así pues, si nos maltratan en nuestro hogar o en lugares en los que no hay testigos, ¿cómo podremos defendernos? Con estas absoluciones lo único que consiguen es que vuelvan a atacar, porque ya saben que no les pasa nada, porque así va la Justicia.
Sólo dan ordenes de protección cuando vas con la cabeza colgando. Las ordenes de protección, en una gran mayoría, no funcionan, como se puede ver en las noticias.
¿Cómo nos podemos proteger ante maltratos psicológicos sin que nos quiten después las custodias de nuestros hijos porque ‘hemos pasado por manos de psicólogos’?
¿Cómo podemos protegernos a nosotros y a nuestra familia de hombres que maltratan porque tiene problemas psicológicos o de trastornos borderline y no están contemplados como enfermedades mentales en leyes civiles y penales?
Sí que hay que reformar la ley, pero no como pretenden estos hombres, llamados ‘victimas de la sociedad’ , y que por culpa de ellos están pagando seguramente justos por pecadores.
El maltrato psicológico está subyacente, a menudo sin alcanzar el estatus de prueba, en la práctica totalidad de causas penales por violencia doméstica y en la mayoría de causas civiles de separaciones contenciosas. En paralelo, unida a la apropiada instrumentación de medios por parte del sistema de justicia, es necesario extender la concienciación de la población en general acerca la naturaleza e implicaciones del abuso psicológico, un área poco explorada pero cuya comprensión es imprescindible y nuclear para desterrar ciertas dinámicas deshumanizantes de las relaciones de pareja.