miércoles, 25 de julio de 2012

El impago de pensiones a los hijos en caso de divorcio será considerado violencia de género

Una nueva ley castiga el acoso sexual y amplía el concepto de agresor al no ser necesaria relación de pareja


informacion.es | 09/06/2012 |
 
 El impago de pensiones a los hijos en caso de divorcio será considerado violencia de género

El Consell aprobó ayer el proyecto de Ley Integral contra la Violencia sobre la mujer, una nueva norma que ampara no solo a las mujeres víctimas sino también a sus hijos, y que, entre otras novedades considerará el impago de las pensiones alimenticias en caso de divorcios como violencia de género. También se establece un fondo de emergencias para atender las necesidades más urgentes de las mujeres afectadas. El plan fue explicado ayer en la rueda de prensa posterior a la reunión del pleno del Consell por el titular de Justicia, Jorge Cabré.
La ley contiene novedades como incluir en la concepción de violencia de género todo comportamiento de acción u omisión por el que el hombre inflige a la mujer daños físicos, sexuales o psicológicos por el hecho de pertenecer al sexo femenino, así como las amenazas, la coacción o la privación de libertad. La violencia, según esta ley, puede ser psicológica, física, psicológica y sexual, pero también económica. Así el impago de las pensiones o impedir a la mujer en una separación que disfrute con autonomía de su patrimonio también será percibido violencia de género. La ampliación del concepto de violencia de género tiene consecuencias directas desde el punto de vista procedimental y también penal.
El proyecto recoge también como víctimas no sólo a las mujeres o niñas, sino también a los hijos menores y a las personas sujetas a tutela o acogimiento que sufran cualquier perjuicio como consecuencia de la agresión. Además, también se amplía el concepto de agresor, de tal manera que lo será cualquier hombre que agrede a una mujer, al margen de su relación con ella. Incluye, según explicó el conseller, la violencia ejercida por hijos, amigos o empresarios. De esta forma el acoso sexual en el trabajo también será concebido como violencia de género. El Consell también ha incorporado al texto una referencia a las prácticas culturales o religiosas que perjudican a la mujer, como las mutilaciones genitales o los matrimonios por obligación, así como la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Otra de las novedades más importantes se refiere a la creación de un fondo de emergencias para atención urgente a las mujeres.